“Canal Prioritario”, una herramienta contra las publicaciones ilegítimas de contenidos sexuales o sensibles.

La Agencia Española de Protección de Datos ha incorporado una vía para denunciar todo tipo de publicaciones de contenido sexual, violento o “sensible”.

Esta vía tuvo lugar a partir de las numerosas denuncias presentadas por usuarios principalmente de redes sociales y otros sitios web donde se exhiben contenidos de carácter sexual o de agresiones a menores de edad o grupos LGTBIQ+, gravados con o sin el consentimiento de la persona afectada que aparece en los mismos, además se suman los casos de creación de perfiles falsos en páginas pornográficas.

El slogan utilizado por la página web de la AEPD es “Di no a la difusión de Contenidos sexuales y violentos” “Lo paras o lo pasas.”

El ánimo de la AEPD es difundir el mensaje de que cualquier persona sea la afectada o un tercero, puede por esta vía informar sobre el contenido expuesto, para que lo analicen y a su vez lo suspendan.

Además también se busca concientizar a la ciudadanía a que eviten la difusión de esta clase de contenidos y que los usuarios al verlos puedan denunciarlo a las autoridades correspondientes.

De acuerdo a la información obtenida por la página de la AEPD el porcentaje de efectividad del Canal Prioritario en la retirada de estos contenidos se encuentra alrededor del 86%.

La Agencia como autoridad independiente puede interponer medidas cautelares en contra de las páginas que alojan éste contenido, para evitar la continuidad del tratamiento ilegítimo de datos personales. La retirada de los contenidos se produce en un plazo de 72 horas cuando el responsable de la plataforma se encuentra en España.

Una vez que se accede al canal prioritario se tendrá que describir si la persona afectada es víctima de violencia de género, abuso o agresión sexual o acoso y si pertenece a cualquier colectivo especialmente vulnerable como en el caso de los menores de edad, personas con discapacidad o enfermedad grave o en riesgo de exclusión social.

Si las imágenes están siendo difundidas a través de internet, se debe copiar y pegar la dirección o direcciones web de acceso o identificar claramente el perfil social a través del que se están difundiendo.

También hay que especificar si se han hecho denuncias o investigaciones policiales y de ser así se deben adjuntar los documentos que se consideren relevantes, entre estos una copia de la pantalla en la cual se pueda ver claramente el servicio (la red social, el portal web, entre otros sitios) a través del cual se están difundiendo las imágenes.

Quien difunda ilegítimamente imágenes o videos sensibles de terceros puede incurrir en responsabilidad en materia de protección de datos, pudiendo la AEPD interponer multas que alcancen hasta los 20.000.000 de euros, o si se trata de una empresa una cuantía equivalente al 4% del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior.

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