Normativa sobre el uso de cookies y Google Analytics.

La Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, obliga a los titulares de páginas web profesionales a impedir que se alojen cookies en los ordenadores de sus usuarios, salvo que previamente hayan prestado su consentimiento informado para ello.

Para poder tener conocimiento del uso de sus páginas web y así poder optimizar mejor sus recursos, la gran mayoría de las entidades se sirven de un sistema que les permita recopilar, evaluar, medir y obtener una descripción de los datos obtenidos de Internet. Y para ello, el sistema más utilizado es Google Analytics.

Pasos a seguir si nuestra empresa usa Google Analytics.

Para adecuar nuestra web a la normativa vigente, hay dos formas, que varían según el tipo de cookies que utilicemos y el uso que hagamos de ellas:

– Si las cookies que utilizamos son propias (como las de Google Analytics). Siempre y cuando se preserve el anonimato de los usuarios, únicamente será necesario informar de ello a través del aviso legal de la web.

– Por el contrario, si utilizas cookies de terceros (Google Analytics no utiliza cookies de terceros), o cookies propias pero mediante las cuales se puede identificar al usuario, se deberá solicitar el consentimiento expreso del usuario, así como también se deberá avisar de manera visible, que la web utiliza cookies.

Requisitos para que nuestra web cumpla con la normativa vigente:

– Política sobre el uso de cookies transparente: los usuarios deben ser informados de una manera clara y sencilla y en todo momento, sobre el funcionamiento de las cookies en la web.

– Consentimiento previo: los usuarios tienen que consentir antes de la configuración de las cookies, por tanto al entrar en la página web sólo podrán utilizarse aquellas que sean estrictamente necesarias.

– Consentimiento mediante acción afirmativa del usuario: con la nueva normativa, el consentimiento deberá otorgarse mediante una acción afirmativa explícita, evidente.

– Retirar el consentimiento otorgado: los usuarios deben de tener la opción de retirar la autorización que han dado. De ahí la importancia de que puedan acceder a su declaración de consentimiento en cualquier momento y de forma sencilla, para que puedan retirar la autorización que dieron o hacer modificaciones.

– Registro de consentimientos otorgados: los consentimientos dados por los usuarios deben almacenarse de forma segura, con el fin de que puedan utilizarse como prueba en el supuesto de que tuviésemos una inspección.

– Renovación del consentimiento: el consentimiento del usuario debe renovarse cada 12 meses desde la primera visita de éste.

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